Ayuda complementaria a la del Programa del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género. Xunta de Galicia.

Ayuda complementaria a la del Programa del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género. Xunta de Galicia.

 

Plazo de Presentación: ABIERTO. 01/01/2022 - 31/12/2022

 

Objeto

1. Esta resolución tiene por objeto aprobar la concesión directa de las subvenciones complementarias a la del Programa del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género.

2. Estas ayudas son complementarias a las subvenciones concedidas a las personas beneficiarias del Programa del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género y tienen la finalidad de subvencionar, conjuntamente con estas, el importe mensual de la renta del alquiler de la vivienda, dando satisfacción de esta forma a una solución habitacional para este colectivo especialmente vulnerable.

 

Requisitos

1. Serán beneficiarias de estas ayudas complementarias todas las personas que en la fecha de publicación de esta resolución en el DOG tengan una resolución de concesión inicial o, en su caso, de prórroga del Programa del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género.

2. Para ser persona beneficiaria de estas ayudas será requisito necesario que en el expediente de concesión conste el correspondiente contrato de alquiler de la vivienda.

3. No podrán ser beneficiarias de esta ayuda las personas a quienes les fuera notificada una declaración de pérdida del derecho o la revocación de la subvención concedida en el marco del anterior programa o aquellas en las que concurra alguna de las situaciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

Tampoco podrán ser beneficiarias de estas subvenciones complementarias aquellas personas beneficiarias del Programa del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género, cuando la renta de su contrato de alquiler sea satisfecha íntegramente con la ayuda del citado programa.

 

Fuente.- Xunta de Galicia