La Xunta publica hoy en el DOG las bases para solicitar el Bono Emancípate a partir de la próxima semana | Observatorio de Vivenda

La Xunta publica hoy en el DOG las bases para solicitar el Bono Emancípate a partir de la próxima semana

La Xunta publica hoy en el DOG las bases para solicitar el Bono Emancípate a partir de la próxima semana

La Xunta publica hoy en el Diario Oficial de Galicia la orden del Bono Emancípate para la juventud, que tras unos días para informar a la ciudadanía y dar a conocer esta iniciativa pionera en España, abrirá el período de solicitudes el próximo 6 de febrero.

Tal y como se recoge en la convocatoria, los jóvenes y chicas menores de 36 años y con por lo menos una fuente regular de ingresos, podrán solicitar a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Xunta esta ayuda para sufragar los primeros gastos que surgen a la hora de independizarse, como puede ser la adquisición de mobiliario o diversos artículos del hogar, hasta el 30 de abril, salvo que se produzca con anterioridad el agotamiento del crédito presupuestario asignado.

La Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude destina un presupuesto de 2 M€ a esta línea de apoyo para la juventud que viene a complementar otras ayudas que tienen que ver con el precio de compra de un inmueble o la renta del alquiler. De este modo, el Gobierno gallego tiene por objetivo que la juventud cuente con un incentivo económico en su emancipación, ya sea en una vivienda alquilada, por lo que opta a percibir 1.500€, o en propiedad, caso en el que las personas beneficiarias recibirán 3.000€.

Esta propuesta se suma a otras de carácter transversal en las que intervienen varios departamentos de la Administración autonómica como es la promoción de viviendas colaborativas para menores de 36 años que, además, desde este lunes también pueden solicitar las ayudas de la Xunta para adquirir vivienda protegida.

Requisitos a tener en cuenta

Al Bono Emancípate pueden acceder las personas entre los 18 y 35 años, ambos incluidos, con nacionalidad española o de alguno de los Estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Asimismo, las personas extranjeras no comunitarias deberán estar en situación de estancia o residencia regular en España.

Otra de las condiciones relevantes tiene que ver con la situación económica. De este modo, las personas solicitantes deberán disponer de, por lo menos, una fuente regular de ingresos en el momento de la solicitud y se tendrá en cuenta a suma de las rentas en caso de que existan varias vías.

En este sentido, el cómputo de los ingresos varía según se trate de una unidad de convivencia, para lo cual la suma de los ingresos anuales de los componentes deberá ser igual o inferior a cuatro veces el IPREM (indicador Público de Renda de Efectos Múltiples), o se trate de una única persona, situación en la que la suma de sus ingresos anuales será igual o inferior a tres veces el IPREM. Ambos requisitos tienen variantes cuando se trata de personas con alguna discapacidad.

Además, los interesados deberán tener en cuenta también que para optar a las ayudas todas las personas de la unidad de convivencia deben estar empadronadas en la vivienda, bien sea arrendada o en propiedad. En el caso del alquiler los contratos debe ser de por lo menos un año con posterioridad al mes de mayo de 2024.

Funcionamiento del Bono

Una vez finalizados los plazos concedidas y comunicadas las ayudas, las personas beneficiarias podrán hacer uso de la cuantía recibida a través de una tarjeta monedero virtual expedida a su nombre y que dejará de ser válida desde el 31 de diciembre de 2025.

Con ella, podrán realizar sus compras en comercios especializados, grandes superficies, empresas de cambios, gestorías y notarías que tengan establecimiento abierto en Galicia, por lo que no será aceptada para compras a distancia.

Fuente.- Xunta de Galicia