Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad. 2014 | Observatorio de Vivenda

Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad. 2014

Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad. 2014

La presente ley pretende constituir un texto integrador que permita desarrollar, en un cuerpo normativo único, la diversidad de disposiciones en materia de accesibilidad, que unifique, coordine y establezca los criterios de aplicación, ejecución y control, de acuerdo con los criterios de proporcionalidad y ajustes razonables, en el marco de las condiciones establecidas por la legislación básica estatal y las directrices internacionales.

Regulará unas condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación que garanticen unos mismos niveles de igualdad de oportunidades a todas las personas con discapacidad, señalando que dicha regulación será gradual en el tiempo y en el alcance y contenido de las obligaciones impuestas, y abarcará todos los ámbitos y áreas de las enumeradas en el artículo 5.

Por todo lo expuesto, la presente Ley de Accesibilidad de Galicia tiene como objetivos lograr una sociedad inclusiva y accesible que garantice la autonomía de las personas, evite la discriminación y favorezca la igualdad de oportunidades para toda la ciudadanía, especialmente para las personas con discapacidad, en un marco demográfico tendente al incremento de la esperanza de vida y al envejecimiento de la población; disponer de un marco normativo propio, simplificado y eficiente, en materia de accesibilidad, adecuado a las directrices internacionales y estatales, en el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia; y hacer realidad el concepto de accesibilidad y diseño para todos en los procesos, proyectos, productos y servicios, de modo que se facilite el uso universal, con plena seguridad, del medio físico, evitando gastos posteriores de eliminación de barreras.

Más información.- Código de la vivienda de Galicia